Tema:
Economía
La Junta de Política y Regulación Monetaria del Ecuador delimitó el rol del banco central en el entorno de pagos, a fin de ordenar la casa y crear un ambiente más atractivo de inversión.
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Economía
La Junta de Política y Regulación Monetaria del Ecuador delimitó el rol del banco central en el entorno de pagos, a fin de ordenar la casa y crear un ambiente más atractivo de inversión.
La Junta de Política y Regulación Monetaria (JPRM) aprobó una resolución que resuelve las dudasexistentes entre los participantes en el sistema nacional de pagos sobre las competencias quetiene cada órgano regulador. Además, precisa el alcance operativo de las billeteras electrónicas.
La Resolución Nro. JPRM-2024-018-M (que deroga la Resolución Nro. JPRM-2023-014-M delaño pasado) indica que todos los servicios de pagos serán autorizados por el Banco Central deEcuador (BCE), un paso que acaba con la confusión que prevalecía a la hora de solicitar elpermiso.
AI respecto, Luis Lucero, asociado senior en el despacho jurídico Spingarn, considera que elcambio favorece al mercado porque hay más “seguridad jurídica, transparencia y un nortehacia donde ir. Es decir, tener la claridad de a quién le va a rendir cuentas regulatorias cadaparticipante”.
El artículo 6 de la resolución menciona que “los medios de pagos electrónicos solo seránoperados por el BCE y por los participantes del Sistema Auxiliar de Pagos (SAP), conforme a laautorización que otorgue el banco central”. En la resolución derogada se indicaba que tambiénpodían participar en ese proceso las entidades del sistema financiero nacional, lo que en lapráctica ocasionó tropiezos de funciones entre entidades que afectaron el cumplimientoregulatorio para las empresas.
«Este cambio marca un hito importante: fintechs ecuatorianas o extranjeras que quierenaterrizar en Ecuador tendrán un panorama más claro y un ambiente más atractivo justamentepara que lleguen más competidores. Y a más competidores, el mercado se regula solo, conmuchos más beneficios y opciones para los usuarios finales”, explica Lucero.
Lucero, quien trabajó en la Superintendencia de Bancos (SB), recuerda que la institución recibíanumerosas consultas de compañías de servicios de pago extranjeras para aclarar si debían o notener el permiso de la superintendencia para poder operar en el mercado ecuatoriano. Ante la faltade claridad, estos negocios “terminaban calificando ante la SB, pero en un proceso bastanteengorroso que tomaba de seis meses a un año”, explica.
La situación creaba una carga de cumplimiento bastante pesada, especialmente para las fintechsmás pequeñas que buscaban ser pasarelas, agregadores o billeteras electrónicas, “pero no paraaquellas que estaban junto a una entidad y gozaban de un músculo financiero de recursos ypodían mantenerse en el proceso”, dice el experto.
Novedades para las billeteras digitales
La resolución también precisa y amplia el concepto de los servicios que pueden brindar lasbilleteras digitales, al considerar que permiten: “a sus usuarios realizar pagos, cobros,transferencias, enviar y recibir giros financieros y remesas en tiempo real”.
No hay cambios respecto a quiénes pueden brindar el servicio de billetera u operar con la misma.La norma mantiene que podrán ser las sociedades especializados de depósitos y pagoselectrónicos (SEDPES), las entidades financieras y de servicios auxiliares del sistema financiero.
Aunque sí se amplían las funciones de las SEDPES, al admitir envíos de remesas y no solo larecepción.
Además, estas sociedades ahora podrán prestar los mismos servicios establecidos para lospartícipes del Sistema Auxiliar de Pagos (SAP), siempre que así lo autorice el banco central.Actualmente, los participantes del SAP pueden realizar agregación de pago, pasarela de pago,procesamiento de medios de pago electrónicos, switch transaccional para servicios de pago,remesas de dinero, recaudación de recursos públicos y compensación.
Otro de los cambios es que el Banco Central podrá “extinguir” la autorización de una SEDPE, encaso de que incumpla con algunos de los requisitos o por el ofrecimiento de servicios noautorizados. Antes, esta facultad era más escueta.
Por otro Iado, la resolución modificó el plazo de atención de solicitudes, al alargar hasta por 30días la revisión de la autorización por parte del BCE, que antes eran dos semanas. Ante elincumplimiento de requisitos, la subsanación de estos deberá hacerse en un plazo de diez días.Antes eran dos semanas.
También se precisa que quienes brinden el servicio de wallet podrán hacerlo de forma propia o através de terceros, lo que se interpreta como un acercamiento discreto al modelo de Banking as aService (BaaS) en Ecuador. Para ello, suman mayores medidas en cuanto a la seguridadtransaccional, haciendo obligatoria la identificación de patrones sospechosos.
De hecho, se hace hincapié en que los criterios de privacidad y seguridad de la informacióndeberán sumarse en los contratos entre bancos y fintechs para ofrecer el servicio de billetera digital.
Iniciación de pagos e interoperabilidad
En cuanto a los participantes en el SAP, Lucero explica que la actividad del iniciador de pagos hasido descartada del listado de servicios. “Desconozco las razones [de su exclusión], peroconsidero que el iniciador de pagos ya quedaba obsoleto, cuando hoy ya existen soluciones máscompletas, como una pasarela de pagos que puede incluirla y agregar otros servicios inherentes”,opina.
Finalmente, sobre la interoperabilidad de pagos, la nueva regulación da el mandato deobligatoriedad de adhesión al esquema para los participantes del SAP (entidades financieras,entidades de servicios auxiliares del sistema financiero, neobancos, entre otros), e indica que laJPRM y el BCE presentarán hojas de ruta y estrategias enfocadas en su desarrollo.
Sin embargo, el abogado cree que “no hay todavía una posición clara respecto a cuál va a ser el
mecanismo de participación, el rol del banco central, si es que la plataforma de lainteroperabilidad va a ser centralizada en el banco central o únicamente bajo un regulador delos jugadores”.
En marzo de este año, la JPRM y el Banco Central presentaron una propuesta de interoperabilidadde pagos que plantea los requisitos y condiciones que deben cumplir los participantes de los SAP.El proyecto estuvo en consulta pública hasta mediados de abril, pero desde entonces no hahabido nuevos pronunciamientos al respecto. Aun así, Lucero estima que la normativa se podríapublicar a fines de este año.
DATOS CLAVE
• Ladecisióndelajuntatambiénamplíalasoperacionesquepuedenofrecerlasbilleterasdigitales.
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